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Con KYC tus usuarios siempre tendrán nombre y apellido

El viaje de una organización y su cliente debe empezar con la identificación del cliente para garantizar la seguridad de ambas partes. Con esta guía KYC entenderás la importancia que tiene conocer a tus clientes y cumplir con las exigencias legales.

¿Qué es KYC?

KYC es el acrónimo de Know Your Customer (conoce a tus clientes). Este término hace referencia al conjunto de procesos que deben realizar tanto instituciones financieras como empresas sometidas a regulación para verificar la identidad de sus clientes y conocer la naturaleza de sus actividades. Al mismo tiempo, estas organizaciones deben determinar el grado de riesgo que tiene ese cliente para realizar actividades ilícitas como el blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.

El KYC, nació a raíz de la necesidad de verificar que los clientes de las entidades de ciertos sectores son quienes dicen ser, y que no están llevando a cabo un proceso de fraude o suplantación de identidad.

Cumplir con los procedimientos y normativas KYC es obligatorio para determinados sectores, como el financiero. No obstante, la fuerte aceleración de la transformación digital ha llevado a que otras industrias confíen en estos procesos para mejorar la seguridad y usabilidad de sus propios procesos, proteger la integridad de sus clientes y de las transacciones realizadas.

 

Según Finanso.se, el 56% de los europeos han experimentado al menos un tipo de fraude en los dos últimos años, siendo un tercio de estos fraudes por robo de identidad (segundo tipo de fraude más generalizado en toda Europa).

Terminología

DDC: Diligencia Debida del Cliente. es el proceso en el que se recopila información relevante sobre el cliente y se evalúa para detectar cualquier riesgo potencial para la organización o las actividades de blanqueo de capitales/financiación del terrorismo. 

 

GAFI: Grupo de Acción Financiera Internacional. El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI; en inglés, Financial Action Task Force, o FATF), es una institución intergubernamental creada en el año 1989 por el entonces G8. El propósito de la GAFI es desarrollar políticas que ayuden a combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. El Secretariado de la GAFI está en la sede de la OCDE en París. (Fuente: Wikipedia) (Fuente2: Sepblac – GAFI)

 

Sepblac: El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) es la Unidad de Inteligencia Financiera de España, siendo único en todo el territorio nacional. El Sepblac es, asimismo, Autoridad Supervisora en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. (Fuente: Sepblac)

Antecedentes

Aunque en los últimos años, ha habido un salto exponencial a la hora de adoptar tecnologías y soluciones contra el robo de identidad, sigue siendo una problemática a nivel global que se ha visto agravada tras la fuerte digitalización sufrida a raíz de la Covid-19. 

El principal objetivo que existe tras la suplantación de identidad por parte de un ciberdelincuente es acceder a servicios o adquirir productos a través de plataformas digitales haciéndose pasar por otra persona. Por eso, las empresas tienen un papel clave a la hora de luchar contra este delito, convirtiéndose en el principal escudo defensivo contra esos ataques.

Aunque inicialmente se puede pensar que los principales afectados por este tipo de delitos son las personas a las que les han robado la identidad para usarla con fines malintencionados, quienes realmente sufren un duro golpe en su salud financiera son las empresas que ofrecen servicios en entornos digitales, quedando desamparadas a la hora de poder exigir responsabilidades.

Un conocimiento más profundo de las técnicas utilizadas por las redes de suplantación de identidad, así como la creciente preocupación por parte de la sociedad, han motivado en los últimos años una serie de cambios en los protocolos internacionales y legislaciones.

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Guía KYC o Know Your Customer con la que conocer todos los detalles de este proceso

Cumpliendo con las medidas KYC

El proceso de Know Your Customer comienza en el momento que una persona o entidad contrata un producto o comienza una relación de negocios con un sujeto obligado. Desde ese instante hay varios pasos importantes que se deben llevar a cabo para lograr cumplir con los requisitos de KYC. 

Uno de los primeros pasos, es comprobar que realmente se puede confiar en un cliente. La DDC (Debida Diligencia del Cliente) es un conjunto de pasos que permiten gestionar de una manera óptima el grado de riesgo que tiene una transacción gracias a la identificación del cliente que la lleva a cabo. Esto supone una capa extra de seguridad para evitar relaciones de negocio con delincuentes, terroristas y personas expuestas políticamente, que puedan presentar un riesgo.

Los pasos a seguir para cumplir con los programas de diligencia debida (DCC), están determinados por el grado de riesgo que tenga cada operación, así como el negocio principal sobre el que se sustenta la empresa. Dependiendo del país y del sector, existen distintos niveles con diferentes requisitos KYC.

En algunos sectores, como en el del Juego y Apuestas Online en España, la obligación de realizar una verificación de identidad por parte de los operadores de juego se hacía en una fase posterior cuando el jugador quería retirar sus premios. Desde Marzo de 2019, la normativa se ha vuelto más restrictiva obligando a los nuevos jugadores a una verificación de su identidad durante el proceso onboarding en las primeras etapas del proceso.

Por lo tanto, dependiendo del sector y de la normativa que se aplique son unos u otros los requisitos que se exigen durante el proceso de registro.

Principales controles KYC

Los controles de KYC suelen incluir los siguientes puntos:

  • Determinar la identidad del cliente. Este control se basa en la recolección y el análisis de documentos nacionales fehacientes, siendo normalmente válidos el pasaporte, carné de conducir, el documento nacional de identidad o un certificado de ciudadanía. En caso de ser una persona jurídica, sería necesario la identificación del titular real de la empresa.
  • Conocer la ubicación / domicilio del cliente. La manera más generalizada de comprobarlo es a través de servicios públicos como extractos bancarios, recibos como el de luz, gas o agua así como recibos tributarios.
  • Saber el estado de la actividad económica del cliente. Esto depende del proceso a que el cliente esté accediendo. Aquí encontramos dos categorías bien definidas:
      • Sin ingresos, especificando en esta categoría la situación concreta (es decir si el cliente es un estudiante, menor, en paro, etc.)
      • Con ingresos, donde se debe de conocer si trabaja por cuenta ajena o por cuenta propia, sector de actividad, antigüedad, rango de ingresos, etc.

    Otros controles Know Your Customer

    • Al verificar la identidad de un cliente, también se suele clasificar la categoría de riesgo a la que pertenece en términos de blanqueo de capitales, suplantación de identidad, estafa o incluso financiación del terrorismo. El objetivo de esta clasificación es saber si hay que llevar a cabo medidas más rigurosas de diligencia con respecto a ese cliente, o incluso vetar el acceso al servicio o producto.
    • Verificación de la identidad del cliente contra listas de terceros, o bases de datos nacionales. Esta comprobación determinará si el cliente se encuentra en alguna lista de morosos, si tiene delitos, fiscales o de cualquier otra índole o problemas de ludopatía.
    • Los procesos de DDC han de actualizarse con los clientes periódicamente dado que su situación personal o financiera cambia con el paso del tiempo, pudiendo pasar a categorías de mayor riesgo. 
    • Mantener registro de todos los procesos realizados a los clientes. En Europa es obligatorio mantener esa documentación hasta 10 años después desde el cese de la relación de negocio.
    • Seguimiento de las transacciones de un cliente y verificación de la procedencia de los pagos
    • Además en ciertos procesos, al tratarse de una autodeclaración de los datos aportados donde el cliente asume toda la información declarada en el KYC, es necesaria la firma del cliente.

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      Tipos de KYC según el riesgo de la transacción

      Los procedimientos de KYC “Know Your Customer” son inherentes a normativas como la legislación de Anti Money Laundering, establecida a nivel europeo. Uno de sus pilares es dejar atrás el anonimato para conocer la identidad de los clientes y usuarios de un determinado grupo de empresas y personas denominados sujetos obligados. Otro de sus pilares conseguir establecer relaciones de negocio seguras, así como mitigar el impacto del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. De esta manera se consigue mayor transparencia y seguridad.

      La ley de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en España establece diferentes categorías a entidades y personas específicas que poseen la condición de sujetos obligados debido a su actividad laboral. Debido a esto, tendrán que implantar diferentes protocolos a modo preventivo, de detección y comunicación de operaciones sospechosas de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

      Las obligaciones en materia de identificación de los diferentes actores que intervienen con estos sujetos obligados se denominan medidas de diligencia debida, y tienen por objeto la identificación y conocimiento de aquellas personas físicas o jurídicas que pretendan establecer relaciones de negocio con estos sujetos.

      Medidas de diligencia debida

      Las principales medidas de debida diligencia obligadas a llevar a cabo por estos sujetos obligados son:

      1. Identificar a cuantas personas físicas o jurídicas pretendan establecer relaciones de negocio o intervenir en cualesquiera operaciones, así como la comprobación de la «identidad de los intervinientes mediante documentos fehacientes».
      2. También identificarán al titular real y adoptarán medidas adecuadas a fin de comprobar su identidad con carácter previo al establecimiento de relaciones de negocio o a la ejecución de cualesquiera operaciones.
      3. Obtener información sobre el propósito e índole prevista de la relación de negocios, con el objetivo de corroborar si la prestación servida se ajusta a la actividad declarada por el cliente.
      4. Aplicar medidas de seguimiento continuo a la relación de negocios. Con el fin de que las operaciones que se realicen sean acordes a los datos recopilados del cliente.

      Dependiendo del nivel de riesgo que pueda presentar un cliente para una entidad, se llevan a cabo diferentes medidas con el fin de garantizar la mayor seguridad en transacciones que puedan ser críticas.

      En España, según la Ley 10/2010, de 28 de Abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, se clasifica en dos grupos perfectamente diferenciados:

      • medidas simplificadas de diligencia debida, las cuales se llevan a cabo con clientes de bajo-medio riesgo,
      • y por otro lado se encuentran las medidas reforzadas de diligencia debida para las situaciones que entrañan mayor riesgo. 

      Aunque en la mayoría de las regiones del mundo que cuentan con medidas de diligencia debida suelen realizar la misma distinción en estos dos grupos, en este apartado nos vamos a centrar en la normativa española:

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      Medidas simplificadas de diligencia debida

      Son las medidas que se pueden llevar a cabo cuando el nivel de riesgo es bajo o medio. Por ello, no procederá nunca el uso de estas medidas cuando surjan indicios o certeza de blanqueo de capitales y deberán de ser congruentes con el riesgo de que existan actividades sospechosas de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.

      Las posibles medidas a adoptar por el sujeto obligado, en sustitución de las medidas normales de diligencia debida, podrían ser:

      1. Comprobar la identidad del cliente o titular en caso de persona jurídica, cuando se supere un umbral cuantitativo con posterioridad al establecimiento de la relación de negocios.
      2. Disminuir la periodicidad del proceso de revisión documental.
      3. No recabar información sobre la actividad profesional o empresarial del cliente.
      4. Reducir el seguimiento de la relación de negocios y el escrutinio de las operaciones que no superen un umbral cuantitativo.
      Operaciones y productos con las que se aplicarán estas medidas

      Estas medidas se llevarán a cabo por parte de los sujetos obligados con respecto a los siguientes productos u operaciones: 

        1. Póliza de seguro de vida cuya prima anual no supere los 1000 euros o cuya prima única no exceda los 2500 euros.
        2. Seguros colectivos que aseguren compromisos por pensiones, y fondos de pensiones.
        3. Pólizas de ramo de vida que garanticen exclusivamente el riesgo de fallecimiento.
        4. El dinero electrónico cuando no pueda recargarse y el importe almacenado no exceda 250 euros, o cuando en caso de poder almacenarse el monto total disponible no supere en un año natural los 2500 euros.
        5. Giros postales de la administración pública o de sus organismos dependientes y los giros postales oficiales para pagos del servicio postal
        6. Cobros o pagos derivados de comisiones generadas por reservas en el sector turístico que no superen los 1000 euros.
        7. Los préstamos sindicados en los que el banco agente sea una entidad de crédito domiciliada en la UE o en país equivalente.
        8. Los contratos de tarjeta de crédito cuyo límite no supere los 5000 euros.

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      Medidas reforzadas de diligencia debida

      En los supuestos de riesgo superior o que se hubieran determinado por el sujeto obligado conforme a su análisis de riesgo, los sujetos obligados tendrán que comprobar en todo caso las actividades declaradas por sus clientes y la identidad del titular real, además de una serie de medidas en función del riesgo:

        • Actualizar los datos obtenidos en el proceso de aceptación del cliente. 
        • Obtener documentación o información adicional sobre el propósito e índole de la relación de negocios. 
        • Conseguir documentación o información adicional sobre el origen de los fondos. 
        • Hacerse con documentación o información adicional sobre el origen del patrimonio del cliente. 
        • Recopilar documentación o información sobre el propósito de las operaciones. 
        • Obtener autorización directiva para establecer o mantener la relación de negocios o ejecutar la operación. 
        • Realizar un seguimiento reforzado de la relación de negocio.
        • Examinar y documentar la congruencia de la relación de negocios o de las operaciones con la documentación e información disponible sobre el cliente.
        • Revisar y documentar la lógica económica de las operaciones. 
        • Exigir que los pagos o ingresos se realicen en una cuenta a nombre del cliente, abierta en una entidad de crédito domiciliada en la Unión Europea o en países terceros equivalentes.
        • Limitar la naturaleza o cuantía de las operaciones o los medios de pago empleados.
      Operaciones y productos con las que se aplicarán estas medidas

      Estas medidas se llevarán a cabo por parte de los sujetos obligados con respecto a los siguientes productos u operaciones:

        1. Servicios de banca privada. 
        2. Operaciones de envío de dinero cuyo importe trimestre natural supere los 3.000 euros
        3. Cambio de moneda extranjera cuyo importe por trimestre natural supere los 6.000 euros
        4. Relaciones de negocios y operaciones con sociedades con acciones al portador. 
        5. También entrarían dentro de aquí las relaciones de negocio y operaciones con clientes de países, territorios o jurisdicciones de riesgo, o que supongan transferencia de fondos de o hacia tales países, territorios o jurisdicciones, incluyendo en todo caso, aquellos países para los que el Grupo de Acción Financiera (GAFI) exija la aplicación de medidas de diligencia reforzada. 
        6. Transmisión de acciones o participaciones de sociedades preconstituidas.

      Además, los sujetos obligados podrán determinar en los procedimientos de control interno otras situaciones que, según su análisis de riesgo, requieran la aplicación de medidas reforzadas de diligencia debida. 

      Para la determinación de esos supuestos de riesgo superior, las empresas tendrán en consideración, entre otros, los siguientes factores: 

      a) Características del cliente: 
        1. Clientes no residentes en España.
        2. Sociedades cuya estructura accionarial y de control no sea transparente o resulte inusual o excesivamente compleja. 
        3. Sociedades de mera tenencia de activos. 

      b) Características de la operación, relación de negocios o canal de distribución: 
        1. Relaciones de negocio y operaciones en circunstancias inusuales. 
        2. Relaciones de negocio y operaciones con clientes que empleen habitualmente medios de pago al portador. 
        3. Relaciones de negocio y operaciones ejecutadas a través de intermediarios

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      Guía KYC aborda entre otras cuestiones la seguridad en el proceso de verificación

      KYC en el mundo

      Esta guía también recoge la verfiicación KYC en el mundo. El KYC al igual que los niveles de digitalización se extiende a nivel global.

      En ese sentido, la UE ha sido pionera en materia legislativa, marcando los estándares que se han ido replicando en las normativas de otras partes del planeta.

      No obstante, pese a existir una base común, las regulaciones internacionales de Know Your Customer pueden diferir bastante de unos países a otros.

      En España tenemos la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Además, dentro del entorno financiero, encontramos el Sepblac, la autoridad supervisora en materia de prevención de blanqueo de capitales y prevención del terrorismo. Por otro lado, en el sector del juego y apuestas online se encuentra la DGOJ (Dirección General de Ordenación del Juego), encargada de emitir las distintas resoluciones que regulan la actividad del juego.

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        La Normativa Europea KYC y AML

        Entre las diferentes normativas, en Europa contamos con la Directiva de la (UE) 2018/843 del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa relativa a la prevención de la utilización del blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

        La directiva europea AMLD5 es una renovación de la anterior ley anti blanqueo de capitales AMLD4, la cual potencia un conjunto de herramientas basadas en la prevención del uso del sistema financiero para el blanqueo de capitales provenientes de actividades ilícitas

        Es una directiva dirigida al sector financiero y pretende establecer las medidas que permitan a los bancos blindarse y protegerse ante estas amenazas.

        AML5 afecta a empresas de múltiples sectores. Entre ellas destacan los proveedores de juego online, las plataformas de criptomonedas, los proveedores de monederos de criptomonedas y póliza de seguros, a los cuales se les obliga a identificar y comprobar de la identidad de los clientes por procesos de identificación remota o electrónica.

         

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        Marco regulatorio de las normativas KYC y AML en latinoamérica

        En América Latina también se ha llevado a cabo la implementación de leyes y marcos regulatorios que permitan las prácticas de medidas Know Your Costumer y Anti-Money Laundering:

        Guía KYC en México

        México

        En México entró en vigor en Octubre del 2012 la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), conocida como “Ley Antilavado de Dinero”.

        Se trata de una ley muy exigente y rigurosa que obliga a los sujetos obligados a proporcionar diferente información al gobierno. Los sujetos obligados no solo son bancos, empresas del mercado bursátil, créditos y otras entidades financieras, sino también las galerías de arte, las inmobiliarias, las agencias de coches, etc.

        La gestión y supervisión del cumplimiento de sus estipulaciones depende de la Procuraduría General de la República (PGR), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), entre otros organismos.

         

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        Guía KYC en Chile

        Chile

        La principal ley en el marco regulatorio de Chile contra el lavado de activos y la identificación de la naturaleza de fondos es la Ley 19.913, promulgada en 2003. Su promulgación dio lugar a la Unidad de Análisis Financiero.

        La Unidad de Análisis Financiero es la institución encargada de supervisar el sistema financiero de Chile y su objetivo princiapl es prevenir e impedir la utilización de los instrumentos financieros para la realización de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

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        Guía KYC Perú

        Perú

        En el país existe un Plan de Lucha Contra el Lavado de Activos y el Terrorismo impulsado por el Estado. Este plan favorece la implementación de medidas de AML y KYC en Perú. También persigue otros fines como la protección de la integridad y estabilidad del sistema económico-financiero de la nación, así como la reducción del poder económico del crimen organizado y el terrorismo, y también la lucha contra la corrupción.

        Las reformas y actualizaciones a la Ley Penal Contra el Lavado de Activos y la creación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) son algunas de las medidas que han sido desarrolladas por el programa.

        LA UIF es el organismo encargado de supervisar y gestionar la información en el país peruano. Sus funciones principales son las de analizar y compartir información para la detección del lavado de activos y la financiamiento del terrorismo.

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        Guía KYC en Colombia

        Colombia

        La regulación para proteger el sistema financiero de Colombia y para prevenir el lavado de activos se plasma en diferentes decretos, leyes y medidas.

        Entre ellas destacan la Ley sobre el tratamiento y protección de datos personales y la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso de la Información. Al igual que en los anteriores países, Colombia cuenta con una Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), cuya misión no es otra que la de prevenir e identificar el lavado de capitales.

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        Guia KYC Guatemala

        Guatemala

        Las leyes que abogan por salvaguardar la estabilidad financiera de Guatemala son la Ley contra el lavado de dinero u otros activos y la Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo así como sus respectivos reglamentos.

        La Superinterdencia de Bancos de Guatemala es la entidad encargada de supervisar las entidades bancarias en el país.

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        Guía KYC El Salvador

        El Salvador

        La Unidad de Investigación Financiera (UIF) es la oficina adscrita a la Fiscalía General de la República. Esta entidad nace para generar inteligencia financiera para la prevención y combate al delito de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM).

        El Salvador cuenta con una Ley específica contra el lavado de capitales y activos que tiene como objetivo prevenir, detectar, sancionar y erradicar el delito de lavado de dinero y de activos, así como su encubrimiento en el país.

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        Guía KYC Argentina

        Argentina

        La Unidad de Información Financiera (UIF) y la Superintendencia de Seguros de la Nación son los organismos argentinos encargados del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el lavado de activos.

        Entre leyes que regulan el sistema financiero, con la intención de impedir el lavado de capitales y la financiación del terrorismo existe la Ley 25.246/00 de “Encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo”.

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        Guía KYC en Brasil

        Brasil

        Hace ya un lustro que en Brasil existen regulaciones que permiten la apertura de nuevas cuentas mediante canales digitales, permitiendo además optimizar el proceso de cuentas de KYC simplificadas y un mejor intercambio de información gracias a un portal de datos abiertos que permite abrir cuentas rápidamente.

        El análisis, el tratamiento y la transmisión de información para prevenir e impedir el blanqueo de capitales son llevados a cabo por el Consejo de Control de Actividades Financieras (COAF). Este organismo tiene como misión producir inteligencia financiera y promover la protección de los sectores económicos contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo.  

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        Guía KYC República Dominicana

        kyc en la República Dominicana

        Conoce a fondo el proceso de onboarding y la nueva circular del país leyendo nuestra guía KYC.

        República Dominicana

        El comienzo del mes de Julio de 2022 vino acompañado de una nueva circular de la superintendencia de Bancos, más concretamente la circular 011/12 que establece los lineamientos que las EIF(entidades de intermediación financiera) deberán cumplir para la vinculación de nuevos clientes através de mecanismos automatizados o semiautomatizados en entornos digitales.

        Los procesos de Onboarding digital podrán ser utilizados tanto para nuevas contrataciones de nuevos productos y servicios, como para clientes existentes. Para esto las EIF deberán de garantizar la seguridad y la confianza de la contratación considerando:

        • Identificación, verificación y autenticación del cliente.
        • Conocimiento sobre el origen de los fondos del cliente.
        • Realización de chequeos antifraude

         

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        Guía KYC Ecuador

        eKYC en Ecuador más simple que nunca

        Conoce nuestra guía KYC o Conoce a tu Cliente para comprender los requisitos dependiendo del riesgo y el marco regulatorio en Ecuador.

        Ecuador

        En Ecuador nos encontramos con normas generales para las Instituciones del Sistema Financiero, normas emitidas por la Superintendencia de Bancos y Seguros. La sección V de estas normas recoge lo relativo a la debida diligencia y procedimientos KYC. Concretamente, el artículo 12 señala que las instituciones del sistema financiero están obligadas a aplicar procedimientos de debida diligencia, que implican entre otras obligaciones la de establecer mecanismos para la recopilación, verificación y actualización de la identidad de los clientes.
        Además, para luchar contra posibles fraudes y otros delitos en materia de lavado de capitales, el Código Orgánico Integral Penal junto con la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos tipifican y sancionan cualquier práctica potencialmente relacionada con este tipo de delitos en sus diferentes modalidades.
        Sumado a lo anterior, para evitar este tipo de actos ilícitos las entidades bancarias deberán registrar obligatoriamente a sus clientes según el reglamento de la anterior Ley Orgánica: la identidad, ocupación, actividad económica, estado civil y domicilios, habitacional u ocupacional y  solicitar la cédula de identidad para ecuatorianos, pasaporte u otros documentos de identidad.

           

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          KYB: Know Your Business

          Hasta el año 2016 las entidades financieras no tenían la necesidad de identificar a las partes así como a las empresas a las que prestaban servicios. Pero en el 2016 todo cambió debido a las medidas de diligencia para empresas o know your business. Estas medidas al igual que con el KYC, obligaban a verificar al sujeto, que en este caso particular serían los responsables legales de las empresas.

          El KYB hace obligatorio para los sujetos obligados verificar el nombre del titular real de una empresa. Al mismo tiempo obliga a verificar el resto de componentes del equipo de la empresa que cuenten con un 25 % de participaciones o más en la empresa.

          Entrando más en detalle, las entidades bancarias, empresas de pagos o cualquier otra empresa del sector financiero que se ocupe de transferencias de capital están obligadas a llevar a cabo estas medidas, al igual que una gran parte de las empresas B2B (Business to Business), que deben realizar una verificación de las empresas con las que realizan cualquier actividad de negocio.

          Requisitos KYB

          Entre las requisitos que se suelen solicitar a la hora de llevar un proceso de KYB están:

          • Registro de empresa
          • Licencias comerciales
          • Conocer la identidad de propietarios y directores
          • Fecha de nacimiento de propietarios y directores
          • Extracto bancario
          • DNI, Carné de conducir o pasaporte
          • Así como realizar revisiones contra diferentes bases de datos dependiendo del país, riesgo de la transacción o naturaleza de la misma.

           

          Desde la Unión Europea y gracias a la AMLD4 (Anti Money Laundering 4), se facilitó este proceso donde se otorgó a los países miembros la responsabilidad de mantener clasificados registros de la constitución y propiedad de las empresas y mantenerlos accesibles a todas las entidades con el fin de verificar su figura jurídica y el resto de requisitos.

          Las soluciones de KYB inciden directamente en los procesos internos de la empresa apostando por modelos más escalables que permiten reducir costes fijos así como hacer sus procesos de verificación de la identidad más robustos.

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          eKYC, KYC Digital, Onboarding Digital

          Las empresas buscan permanentemente incrementar su base de clientes en entornos cada vez más digitales, reduciendo al máximo los costes de adquisición. A su vez los clientes quieren acceder a sus servicios de la manera más cómoda, rápida y segura posible.

          Tanto las empresas como los clientes se enfrentan a entornos regulatorios restrictivos y al aumento de la ciberdelincuencia, lo que supone un gran obstáculo para la consecución de esos objetivos. Este clima provoca que las empresas con el fin de cumplir con las regulaciones de KYC tengan que hacer esperar a sus clientes horas o incluso días para dar acceso a esos servicios o incluso obligar a registros presenciales en los que verificar la identidad de manera manual, provocando una gran fricción y por tanto pérdida de clientes y ganancias.

          En este marco, se ha convertido lo que hasta entonces era una opción en una obligación: cumplir los procesos de KYC de manera digital.

          El KYC digital o eKYC consiste en realizar los procesos de Know Your Customer en un entorno completamente digital, donde la recogida de toda la documentación y la verificación de la misma se sustenta en una base tecnológica, permitiendo la realización de las medidas de diligencia debida de forma online.

          En este momento es donde entran en juego las soluciones de Onboarding Digital, que permiten que se lleve a cabo un proceso completo de KYC en entornos digitales.

          Con el uso de estas herramientas, los usuarios pueden registrarse en una plataforma de manera completamente online desde cualquier dispositivo, en cualquier momento y lugar, recopilando sus datos personales mediante un documento de identidad que los identifiquen, además de comprobar que la persona que está llevando a cabo el proceso es quien dice ser.

          Aspectos básicos de una herramienta de onboarding digital

          Los tres aspectos fundamentales en los que se ha de basar una solución de onboarding digital son:

            1. Extraer la información de manera precisa de un documento de identificación oficial (pasaporte, carné de conducir, documento de identidad)
            2. Comprobar la autenticidad y validez del documento de identidad.
            3. Comprobar mediante reconocimiento biométrico que la persona que presenta el documento y que está llevando a cabo el proceso de alta, es la misma que la que aparece en la foto del documento presentado.

          La aparición de las tecnologías de onboarding digital ha provocado que sectores tradicionales como el financiero, hayan tenido que adaptar sus procesos a los nuevos tiempos, cambiando la manera de realizar transacciones o manejar plataformas financieras.

          Donde hace tan solo unos años sólo se podía abrir una cuenta bancaria en una sucursal de manera presencial, ahora se puede hacer en cuestión de minutos desde cualquier dispositivo y en cualquier lugar.

          Las soluciones de Onboarding Digital / eKYC que permiten llevar a cabo un proceso de KYC digital, han venido para quedarse, aportando seguridad y escalabilidad.

          Gracias a esta tecnología, las empresas pueden cumplir con las legislaciones, al mismo tiempo que ofrecen a sus clientes una experiencia de usuario total.

           

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          Beneficios de eKYC o KYC Digital

          Algunos de los múltiples beneficios de usar procesos de KYC digitales son:

          velocidad

          Velocidad

          Un onboarding digital puede llevar a cabo el proceso completo de KYC en cuestión de minutos. En cambio, un proceso presencial o sin automatización puede ser un elemento de gran fricción que además de suponer una mala experiencia de usuario, puede implicar la pérdida de muchos clientes.

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          precision

          Precisión

          Los sistemas de eKYC tienen una alta precisión a la hora de llevar a cabo los procesos de extracción de datos, obteniendo la información de todos los campos del documento de identidad en cuestión de segundos, al mismo tiempo que verifica que es un documento original y no ha sufrido ningún tipo de manipulación.

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          escalabilidad

          Escalabilidad

          Si bien los sistemas de onboarding digital tienen costo, a medio plazo convierten tu modelo de negocio en un proceso mucho más escalable. Estas herramientas te permiten sustituir o reducir el número de agentes, aportando mayor velocidad y precisión para realizar más transacciones.

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          adaptabilidad

          Adaptabilidad

          Sabemos que las regulaciones y las necesidades de las empresas están en continua evolución, por eso soluciones de onboarding digital como la de Mobbeel, están estructuradas de manera modular y son muy flexibles. Además, mediante la modificación de un conjunto de reglas o parámetros se adaptan a las necesidades de cada negocio.

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          automatizacion

          Automatización

          Las soluciones eKYC se integran directamente en el flujo que el cliente requiera, dando la posibilidad de compartir los datos y documentación a los sistemas de generación de informe, análisis, auditorías… lo que permite optimizar los procesos internos de la empresa.

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          experiencia de cliente

          Experiencia de cliente

          Estas tecnologías no solo aportan rapidez, precisión y cumplir con legislaciones, sino que también ofrecen una experiencia única al usuario reduciendo al mínimo la fricción a la hora de darse de alta en una plataforma.

          Es un proceso muy intuitivo y guiado, que hace sentir una experiencia “WOW” al usuario al saber que está utilizando tecnología de vanguardia, además de evitar que tenga que ir de manera presencial a sucursales físicas para entregar documentación, permitiendo llevar a cabo un proceso 100% digital.

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          Soluciones KYC de Mobbeel

          MobbScan, la solución KYC/AML de Mobbeel permite la verificación de la identidad de un cliente mediante el escaneo automático de su documento de identidad tanto en entornos web como móvil.

          Para ello se extrae la información del documento de identidad (DNI, pasaporte o licencia de conducir) mediante OCR o NFC y se comprueba su autenticidad mediante una serie de validaciones llevadas a cabo sobre el propio documento.

          Posteriormente se puede comprobar que la persona que esta llevando a cabo el proceso es quien dice ser a través de reconocimiento facial.

          Además, MobbScan permite cumplir con legislaciones que exijan a las empresas grabar todo el proceso en video.

          ¿Qué tenemos en cuenta desde el punto de vista de verificación documental a la hora de hacer un proceso de Onboarding Digital?

          Pues eso es lo que en Mobbeel llamamos VAPT (Validez, Autenticidad, Propiedad y Trazabilidad):

          • Validez, ya que se debe detectar el documento automáticamente y que la información que contiene es correcta.
          • Autenticidad, que no se trata de un documento falsificado.
          • Propiedad, que la persona que lo presenta es su legítima poseedora.
          • Trazabilidad, que cumplimos con la normativa Know Your Customer / Anti-money Laundering.

          Video demostrativo del proceso completo KYC de onboarding digital donde se verifica la identidad del poseedor del documento de identidad con reconocimiento facial. MobbScan.

            Descárgate la guía de KYC en PDF

          Descárgate nuestra guía KYC (Know Your Customer) para conocer los requisitos dependiendo del riesgo y las distintas normativas en España y Latinoamérica.

          guía kyc

          ¿Qué vas a descubrir en la guía KYC / Know Your Customer?

          • ¿Qué es realmente el KYC?
          • Tipos de KYC dependiendo del riesgo.
          • Normativa KYC en España
          • Normativas KYC en México, Chile, Perú, Colombia, Guatemala, El Salvador, Brasil y Argentina.
          • Qué es el eKYC y sus beneficios.